La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó este domingo, a través de una resolución en el Diario Oficial El Peruano, el Reglamento del Procedimiento Operativo para el octavo retiro de fondos acumulados en las Administradoras de Fondos de Pensiones.
La medida, aprobada previamente por el Congreso y promulgada por el Ejecutivo, autoriza a los afiliados solicitar hasta 4 UIT, equivalentes a S/ 21 400.
De acuerdo con el documento, las AFP deberán garantizar la disponibilidad y adecuado funcionamiento de sus canales de atención para recibir solicitudes de retiro y/o desistimiento, además de informar de manera clara los procedimientos a sus afiliados.
Cronograma de desembolsos
La SBS precisó que las administradoras realizarán hasta cuatro desembolsos de máximo 1 UIT cada uno.
- El primer desembolso deberá efectuarse en un plazo máximo de 30 días calendario desde la fecha de presentación de la solicitud.
 - Los siguientes desembolsos se realizarán también en plazos máximos de 30 días calendario, contados desde la entrega anterior, hasta completar el monto solicitado.
 
Con esta resolución, la SBS busca uniformizar los procedimientos y dar mayor certeza a los afiliados sobre los plazos y mecanismos en que podrán acceder a sus fondos de pensiones.
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