La Primera Sala Penal de Apelaciones y Flagrancia de la ratificó la medida de prisión preventiva contra Pablo Javier Echeverría Suárez, ciudadano venezolano acusado del .

Prisión preventiva

De acuerdo con el Auto de Vista N.° 13, emitido el 4 de septiembre de 2025, la Sala confirmó la resolución N.° 07 del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Ica, que el pasado 24 de mayo había ordenado la prisión preventiva por un periodo de nueve meses contra Echeverría Suárez. El cómputo de la medida rige desde el 15 de mayo y vencerá el 14 de febrero de 2026.

Durante la audiencia, la defensa del imputado alegó que la medida era excesiva y solicitó que se dicte una restricción distinta, argumentando que no existían elementos suficientes para sostener el peligro procesal. Sin embargo, los magistrados determinaron que sí concurren los requisitos de gravedad del delito, prognosis de pena y riesgo de obstaculización de la investigación.

El tribunal, integrado por los jueces superiores Rafael Fernando Salazar Peñaloza, Mesías Gandarillas y Carbajal Rivas, concluyó que la medida es legal, proporcional y razonable en atención a la naturaleza del delito investigado: homicidio, tipificado en el artículo 108° inciso 3 del Código Penal.

Según el expediente, Echeverría Suárez es señalado por la Fiscalía como el presunto autor del asesinato de Gastón Darío Medina Sotomayor, lo que motivó la solicitud de la prisión preventiva como medida cautelar para asegurar el proceso y evitar riesgos de fuga o entorpecimiento.

VIDEO RECOMENDADO