El Jurado Electoral Especial de Trujillo emitió una resolución en la que declaró que el gobernador de La Libertad infringió la neutralidad electoral.
El Jurado Electoral Especial de Trujillo emitió una resolución en la que declaró que el gobernador de La Libertad infringió la neutralidad electoral.

Respetar la normatividad y así garantizar una contienda electoral justa e imparcial es lo que, presuntamente, menos hace el gobernador de la región La Libertad y líder de Alianza para el Progreso (APP), César Acuña Peralta.

Mediante la Resolución N°00278-2025-JEE-TRUJ/JNE, emitida el 9 de octubre, el Jurado Electoral Especial de Trujillo confirmó que César Acuña incurrió en la infracción al reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en el marco de las Elecciones Generales de 2026.

¿QUÉ HIZO AHORA?

De acuerdo con el personal de fiscalización del órgano electoral, tras revisar las redes sociales se identificó que el 2 de octubre del presente año, a las 8:23 p.m., en la cuenta oficial de Facebook de César Acuña Peralta se difundió un video en el que realiza actos de proselitismo político explícitos a favor de la organización política APP.

En dicho video César Acuña “conmina” a toda la población a elegir a la organización política APP en las próximas elecciones. Es más, presenta a su partido como la mejor opción para senadores y diputados.

Según la transcripción de la alocución, el gobernador dijo lo siguiente: “Ahorita APP está de moda, recuerden hoy día que todo el mundo aspira a ser diputado y todo el mundo aspira a ser senador. Tiene que buscarse una mejor opción y creo, modestia aparte, que ahorita la mejor opción para ser diputado, para ser senador es Alianza para el Progreso, porque es el partido más organizado, es el partido con más presencia nacional, con más de quinientos mil afiliados…”.

SE RESUELVE

Ante estas evidencias, el Jurado Electoral Especial de Trujillo declaró que el gobernador César Acuña incurrió en las infracciones prevista en los numerales 32.1.2 y 32.1.5 del artículo 32 del Reglamento, concordante con lo prescrito en el literal “b” del artículo 346 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE).

Se dispuso también la remisión de los actuados al Ministerio Público, a la Contraloría General de la República y al Consejo Regional del La Libertad para que actúen conforme a sus atribuciones, una vez consentida la referida resolución.

En sus descargos César Acuña reconoció haber efectuado la conducta materia de análisis y dijo que no cometió infracción alguna, pero le corresponde al Jurado Electoral Especial de Trujillo valorar dicho proceder.

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