El Quinto Juzgado Civil de Huancayo declaró fundada una demanda contra Erika López Cajas y Carlos Sovero Chávez, dos funcionarios de EsSalud - Lambayeque, ordenando que paguen una indemnización por los daños y perjuicios causados a su propia institución. Ambos deberán abonar la suma de S/ 8,572 de manera solidaria junto a otros tres procesados.
Los hechos y la contratación irregular
La demanda se origina en hechos ocurridos en el 2021, cuando Erika López ocupaba el cargo de jefa de la División de Adquisiciones de la Red Asistencial – Junín, y Carlos Sovero se desempeñaba como jefe de la Oficina de Coordinación de Prestaciones y Atención Primaria en EsSalud. Según el expediente 02112-2024, ambos funcionarios habrían facilitado la contratación irregular de la empresa Ospina S.A.C. para la construcción de almacenes de vacunas contra la Covid-19. Sin embargo, la obra quedó inconclusa, a pesar de los pagos efectuados.
El perjuicio económico
El fallo judicial, a cargo del juez Manuel Mantari Molina, señala que los desembolsos realizados se convirtieron en un gasto inútil, generando un perjuicio económico tangible para la institución, ya que la obra era defectuosa e incompleta. La resolución indica que tanto López como Sovero incumplieron con sus deberes de supervisión y control, lo que llevó a una ejecución parcial de las partidas de la obra.
Así se tiene que Erika López incumplió sus funciones al dar conformidad a los Informes N° 11 y 034-UPA-DA-OA-GRAJ-ESSALUD-2021, lo que permitió que se contratara a la empresa sin definir las cantidades necesarias ni asegurar la correcta ejecución de la obra.
Mientras Carlos Sovero también fue considerado responsable por su falta de supervisión y por firmar la conformidad del servicio, a pesar de que no se había completado la ejecución de la obra.
Otros procesados y apelación
Junto a López y Sovero, el fallo también incluyó a Edwin Choque Mezaraime, Ángel Miranda Tovar y Miguel Ángel Castillo Robladillo en la demanda por su implicación en el proceso irregular.
El 07 de octubre de 2025, el magistrado admitió la apelación interpuesta por los demandados, y dispuso que los actuados se eleven a la Sala Civil Permanente de Huancayo para su revisión.





