Durante los 30 días de vigencia, el control del orden interno estará a cargo de la Policía Nacional del Perú, con apoyo de las Fuerzas Armadas y el serenazgo, bajo el esquema de fuerzas combinadas.
Durante los 30 días de vigencia, el control del orden interno estará a cargo de la Policía Nacional del Perú, con apoyo de las Fuerzas Armadas y el serenazgo, bajo el esquema de fuerzas combinadas.

Lima Metropolitana y el Callao se encuentran bajo Estado de Emergencia tras la aprobación del decreto supremo emitido por el Poder Ejecutivo. Esta medida tiene como propósito intensificar la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado; sin embargo, no contempla la aplicación de un toque de queda.

El Estado de Emergencia restringe algunos derechos constitucionales, como la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y tránsito en las zonas comprendidas.

Durante los 30 días de vigencia, el control del orden interno estará a cargo de la Policía Nacional del Perú, con apoyo de las Fuerzas Armadas y el serenazgo, bajo el esquema de fuerzas combinadas.

Entre las principales disposiciones figuran los operativos de control de identidad, patrullajes en zonas críticas, decomiso de armas y fiscalización de productos ilegales. También se contempla la restricción de visitas en establecimientos penitenciarios y el desmontaje de antenas de telecomunicación ilícitas.

A diferencia del toque de queda, el Estado de Emergencia no impide el libre tránsito en horarios determinados.

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