La coronel Rocío Mayhua precisó que no existe multa por llevar a dos adultos en moto, aunque sí se aplican sanciones por infracciones contempladas en el Reglamento de Tránsito. (Foto: Andina)
La coronel Rocío Mayhua precisó que no existe multa por llevar a dos adultos en moto, aunque sí se aplican sanciones por infracciones contempladas en el Reglamento de Tránsito. (Foto: Andina)

La coronel Rocío Mayhua Rivera, jefa de la División de Tránsito y Seguridad Vial de la PNP, explicó en Canal N que la prohibición de que dos adultos circulen en una motocicleta rige mientras esté vigente el estado de emergencia en Lima y Callao.

También señaló que esta medida no genera sanciones económicas ni internamiento del vehículo, pero sí obliga a que el copiloto descienda cuando es detectado por efectivos de tránsito.

La oficial indicó que solo está permitido que un adulto viaje con un menor de edad y detalló que los operativos se realizan para verificar el cumplimiento del Decreto Supremo que regula el periodo de emergencia.

En estas intervenciones, la Policía solicita el DNI de los ocupantes y la documentación del vehículo, y en caso de inconsistencias, el conductor puede ser llevado a la comisaría para control de identidad.

Respecto al equipamiento obligatorio, Mayhua recordó que los motociclistas deben usar casco certificado y que, mientras se espera la norma técnica del visor, se permite circular con visores transparentes u oscuros o con lentes protectores.

La PNP reiteró que no existe multa por llevar a un acompañante adulto durante la emergencia; sin embargo, sí se sancionan otras infracciones como no usar casco, tener la placa ilegible o carecer de documentos vigentes.

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