La mayoría de los problemas nacionales se encuentran vinculados a alguna de las múltiples dimensiones de la seguridad nacional que –en algunos casos– han generado escenarios de riesgo lesionando a los objetos de la seguridad nacional, los cuales requieren un tratamiento especializado por medio del Sistema de Defensa Nacional, como ordena nuestra Constitución Política.
Los 46 años de vida de este sistema funcional, nos han demostrado que requiere contar con una entidad que implemente las decisiones del Consejo de Seguridad y Defensa Nacional, gestionando y articulando los procesos y entidades componentes del mencionado sistema.
Este organismo público empezó a funcionar en 1969 bajo el nombre de Secretaría de Defensa Nacional, pero fue fusionada por absorción al Ministerio de Defensa en 2003. Reapareció en 2012 como Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional, y no duró mucho, volviéndose a fusionar al mismo ministerio en 2016, bajo el criterio equivocado de existir duplicidad de funciones cuando dicha secretaría estaba encargada de los campos no militares y de la armonización de los procesos de la Seguridad Nacional, actividades que no son de competencia de tal ministerio.
Recientemente se ha emitido, el Decreto Supremo 116-2025-PCM que aprueba los lineamientos para la implementación de esa institución adscrita a la PCM –de donde nunca debió salir por su acción multisectorial y multinivel– con lo que se da vigencia al Decreto Legislativo 1684 que la creó, una vez más. El Perú requiere que se potencie su funcionamiento y que el nuevo gobierno no la soslaye por el hecho de haber sido activada por una gestión saliente. No lo olviden.




