En una decisión con implicancias tanto políticas como electorales, la Comisión de Constitución del Congreso aprobó un dictamen que propone reducir, de siete a tres días, el plazo legal de prohibición para la difusión de encuestas electorales antes de los sufragios.
Con 16 votos a favor, cinco en contra y tres abstenciones, el grupo de trabajo parlamentario presidido por Arturo Alegría (Fuerza Popular) respaldó la modificación del artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones mediante el Proyecto de Ley 10993.
Bajo esta nueva redacción, se podrán publicar los resultados de los estudios de intención de voto o simulacros de las encuestadoras inscritas en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) hasta 72 horas antes del acto electoral o consulta popular.
El dictamen mantiene exigencias como la inclusión –en la eventual difusión– de la ficha técnica completa de la encuesta con el nombre de la empresa que la elaboró, su número de registro en el JNE, el financiamiento del estudio, objetivos, tamaño y población muestral, margen de error, nivel de confianza y fechas del trabajo de campo, así como tipo y puntos de muestreo.
ARGUMENTOS
En el debate respectivo, se sostuvo que la veda de siete días resultaba “obsoleta” e ineficaz, pues la circulación de encuestas no autorizadas o “apócrifas” ya ocurre en redes sociales. Se advirtió que prolongar la restricción genera desigualdad informativa: el elector con acceso digital puede saltarse la norma mientras otros quedan sin acceso al sondeo formal.
Sin embargo, algunos parlamentarios críticos al proyecto, como Ruth Luque (Bloque Democrático Popular), advirtieron que el cambio podría contravenir el principio de intangibilidad electoral, que prohíbe reformas sustanciales una vez convocadas las elecciones.
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