El Poder Ejecutivo anunció una modificación en su estrategia de lucha contra el crimen organizado al disponer que adolescentes de 16 y 17 años sean considerados responsables penalmente cuando cometan delitos de alta gravedad, como extorsión, sicariato o secuestro.
La decisión fue difundida por la Presidencia de la República, que remarcó: “¡Delincuentes no evadirán a la justicia!”.
Según el Ejecutivo, esta medida marca el paso “de la defensiva a la ofensiva” en la respuesta estatal frente a organizaciones criminales que reclutan a menores para actividades ilícitas.
La disposición establece, además, un marco de responsabilidad penal que busca reforzar el control judicial sin afectar los derechos fundamentales de los adolescentes involucrados.
El sustento de la medida se encuentra en el Decreto Supremo Nº 023-2025-JUS, que incorpora a los jóvenes de 16 y 17 años dentro del Sistema Penal Ordinario para delitos incluidos en el numeral 2 del artículo 20 del Código Penal.
De acuerdo con la norma, “el adolescente que tenga entre dieciséis (16) y menos de dieciocho (18) años que comete los delitos señalados en el numeral 2 del artículo 20 del Código Penal se encuentra sometido a la competencia de la justicia penal ordinaria”.
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