La admisión a trámite de un recurso de amparo del Instituto de Defensa Legal (IDL), que propone anular la elección de los actuales magistrados de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), es un trámite adninistrativo simple; no significa que se le haya dado la razón a la citada ONG.
Lo expresó así, en diario Correo, el expresidente del Tribunal Constitucional Ernesto Blume Fortini que, en una primera etapa, fue uno de los integrantes de la Comisión de Selección de Miembros de la JNJ.
La ONG imputa a la comisión de carecer de imparcialidad, probidad y transparencia.
En su resolución del 4 de agosto de 2025, la Corte Superior de Justicia de Lima Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional programó para el 22 de diciembre una audiencia única.
“Ello quiere decir -precisa el texto de la resolución– que el análisis de procedibilidad de la presente demanda solo corresponderá analizarse en la etapa decisoria del presente proceso (audiencia del 22 de diciembre)“, precisa la resolución.
NO AMPARABLE
El doctor Blume considera que “a la luz de la normativa constitucional y procesal existente, y a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, esta demanda no tiene un fundamento amparable”.
Añade que el TC ha sido muy claro en dos procesos competenciales y establecido que hay actos políticos no justiciables y son aquellas que corresponden a las competencias exclusivas y excluyentes de los órganos de rango constitucional.
“El TC ha censurado severamente el uso excesivo y abusivo del amparo”, remarca.
En opinión del jurista, “este amparo, para mí, es improcedente y debe ir al archivo. Va contra la línea trazada por el TC en varias sentencias. En tal sentido, no debe utilizarse el amparo para estos casos y debe combatirse su uso excesivo y abusivo”.
Concluyó: “Lo interpreto como una estrategia de esta institución (IDL) para crear un clima de desconcierto y tratar de, me parece a mí, debilitar a la Junta Nacional de Justicia”.