(Foto: César Saucedo/GEC)
(Foto: César Saucedo/GEC)

El Segundo Juzgado Unipersonal de La Libertad condenó al empresario y excandidato presidencial César Acuña a un año y seis meses de prisión suspendida.

La sentencia determinó la responsabilidad penal de Acuña como autor del delito de violación a la libertad de trabajo, en la modalidad de incumplimiento de resoluciones judiciales.

La jueza Katherine Dora Granda Fernández impuso una regla de conducta de cumplimiento obligatorio y ordenó el pago de una reparación económica superior al monto inicialmente reclamado en la vía administrativa.

La resolución judicial establece que la condena se sustenta en la omisión del pago de derechos laborales a la sucesión procesal de una docente.

De acuerdo con las investigaciones, el exgobernador incurrió en una conducta dolosa al no acatar los mandatos emitidos en la vía contencioso-administrativa laboral.

El fallo ordenó el cumplimiento inmediato de las obligaciones pendientes y advirtió que, de no acatarse lo dispuesto, podría revocarse la medida coercitiva.

Como parte de las reglas de conducta impuestas, el sentenciado deberá presentarse mensualmente ante la Oficina de Control para registrar sus actividades y justificar sus desplazamientos dentro del territorio nacional.

La sanción penal se originó por el incumplimiento de una orden judicial que disponía el pago de los beneficios por preparación de clases y evaluación a favor de la docente Flor de María Saldaña Plasencia.

Tras el fallecimiento de la docente, su hijo Luis Alejandro Novoa Saldaña asumió la representación del proceso como sucesor procesal, condición que le fue reconocida en 2019.

El Poder Judicial ordenó el pago de los devengados e intereses legales determinados en el peritaje oficial realizado en mayo de 2022.

El tribunal desestimó los argumentos de la defensa técnica, que alegaba supuestos vicios en la notificación de las cédulas entregadas en la sede regional.

La judicatura confirmó la validez de la notificación realizada el 31 de mayo de 2023 en el local institucional ubicado en la calle Los Brillantes 650, urbanización Santa Inés.

La magistrada sostuvo que el acusado tenía pleno conocimiento del requerimiento judicial debido a su condición de titular del pliego y representante legal del gobierno regional.

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