(Foto: Andina)
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La Primera Sala Constitucional de Lima impuso al procurador público del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Ronald Angulo Zavaleta, una multa de 20 Unidades de Referencia Procesal (URP), equivalente a 10 mil 700 soles.

El tribunal superior tomó esta decisión luego de declarar “improcedente” la solicitud presentada por el procurador para suspender la emisión de la sentencia que deberá emitir dicho colegiado respecto al recurso de apelación interpuesto por el Jurado Nacional de Elecciones.

Este recurso busca revertir la resolución de primera instancia que ordenó inscribir al partido político Unidad Popular, de Duberlí Rodríguez, con miras a su participación en los comicios generales de 2026.

El procurador público del Jurado Nacional de Elecciones presentó dicho pedido en virtud de una medida cautelar que el Tribunal Constitucional le otorgó como parte de la demanda competencial que interpuso, alegando una presunta vulneración de sus atribuciones en materia electoral en este caso.

Sin embargo, mediante una resolución del 12 de noviembre —a la que tuvo acceso RPP— el colegiado rechazó la solicitud del procurador público y le impuso la multa al considerar que actuó con manifiesta temeridad y mala fe.

Ello se debe a que, según el colegiado, el procurador incurrió en una conducta dolosa al insistir reiteradamente en su solicitud de suspender el trámite procesal, pese a que la medida cautelar del Tribunal Constitucional solo dejó sin efecto seis resoluciones emitidas por el juez constitucional de primera instancia en este caso, más no ordenó suspender las actuaciones que pudiera realizar esta sala superior.

En la misma resolución, la Primera Sala Constitucional de Lima ordenó remitir copias certificadas a la Comisión de Ética del Colegio de Abogados de Lima para que evalúe la conducta del procurador. Asimismo, dispuso enviar copias al Ministerio Público debido a la presunta conducta obstructiva del trámite procesal en un proceso de tutela de urgencia, a fin de que la fiscalía actúe conforme a sus atribuciones.

Posteriormente, la sala constitucional exhorta al procurador público del Jurado Nacional de Elecciones a formular sus pedidos con mayor conocimiento de los hechos y con la debida buena fe procesal.

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