El miércoles amaneció con un doble golpe judicial que remeció el escenario político.
El Tribunal Constitucional (TC) ordenó la excarcelación de la expremier Betssy Chávez, procesada por su participación en el fallido golpe de Estado del expresidente Pedro Castillo.
La decisión se sustentó en que durante diciembre de 2024 no existía una resolución vigente que justificara su permanencia en el penal Anexo Mujeres de Chorrillos.
Horas más tarde, la noticia se volvió a encender con el caso del exmandatario Martín Vizcarra, porque el Poder Judicial (PJ) dispuso su libertad inmediata al considerar que la Fiscalía no logró sustentar de manera clara un incremento en el peligro de fuga. Sin embargo, no es la primera vez que el Perú vive este tipo de situaciones.
De acuerdo con información revisada por Correo, la justicia peruana revocó al menos 15 ocasiones prisiones preventivas dictadas contra personajes vinculados a casos emblemáticos en los últimos años (ver infografía).

CASOS
Uno de los procesos emblemáticos más polémicos y recordados es el de Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular, quien es acusada de recibir aportes ilegales para sus campañas del 2011 y 2016.
En octubre de 2018, el Poder Judicial le dictó 36 meses de prisión preventiva. Sin embargo, dejó el encierro luego de 13 meses.
El motivo: El TC consideró que la prisión preventiva que se le impuso no cumplía con los requisitos de razonabilidad, motivación adecuada y proporcionalidad.
Además, el organismo señaló que la prisión no estaba motivada porque se basó en “meras presunciones” sin evidencias concretas.
En 2020, la Fiscalía solicitó, una vez más, prisión preventiva para la fujimorista y el Poder Judicial aprobó la orden de 15 meses.
Fujimori recuperaría su libertad tres meses después, porque el Poder Judicial -en segunda instancia- resolvió que la “sospecha” no es suficiente para dictar una prisión preventiva.
“Más aún porque los órganos encargados de la persecución penal, es decir los fiscales y jueces penales, no muestran la diligencia debida de llevar a la imputada a un juicio oral”, se lee en la resolución firmada por los magistrados superiores Édgar Medina Salas, Sonia Torre Muñoz y Rómulo Carcausto Calla.

Otro caso para recordar es el de Yenifer Paredes, cuñada del expresidente Pedro Castillo Terrones.
La procesada por el caso Anguía tenía una orden vigente de 30 meses de prisión preventiva. Sin embargo, recuperó su libertad luego de dos meses porque la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada decidió levantar la medida.
El argumento fue que no existí riesgo de fuga, ni una baja calidad de arraigo domiciliario, familiar y laboral.

También está el caso de Mateo Castañeda, exabogado de la presidenta Dina Boluarte.
Al letrado le dictaron 24 meses de prisión preventiva en noviembre del año pasado por el caso Los Waykis en la Sombra. Sin embargo, dejó el penal Ancón I solo un mes después.
El motivo: La Quinta Sala Penal de Apelaciones del Poder Judicial dispuso su liberación al considerar que no existen elementos que sugieran un peligro de fuga.
Otro personaje que recuperó su libertad es la empresaria Sada Goray, investigada por el caso Fondo Mi Vivienda.
Si bien en agosto del 2023, el Poder Judicial ordenó 30 meses de prisión preventiva en su contra, logró recuperar su libertad nueve meses después.
La Sala Suprema Penal Permanente concluyó que la empresaria tiene arraigo domiciliario, laboral y familiar, y no existen indicios en su contra que adviertan el peligro de fuga ni de obstaculización de la investigación.

ANÁLISIS
Luego de que la justicia anulara prisiones preventivas, ¿de quién es la responsabilidad? Esto dicen los expertos.
Para la penalista Valeria Morón, las revocatorias de prisiones preventivas son una responsabilidad compartida entre el Poder Judicial y la Fiscalía.
“Creo que la Fiscalía y el Poder Judicial no hacen bien su trabajo, por eso cuando los casos llegan a una segunda instancia o se ven en la Corte Suprema, saltan los errores”, indicó.
En diálogo con Correo, la socia del Estudio Macerca & Morón Abogados recordó que en el caso de la expremier Betssy Chávez, lo que hizo el TC fue revertir una mala práctica que tiene la Fiscalía, pedir la ampliación de una prisión preventiva un día o el mismo día que vence una orden.
Además, consideró que la presión pública también juega un papel importante en los casos emblemáticos.
“Esto no pasa con los ciudadanos de a pie, porque a los políticos si los absuelven”, declaró.

En un sentido similar se pronunció el abogado Luis Lamas, quien señaló que el poder político y económico tienen influencia en el sistema de justicia, por lo tanto, varias prisiones preventivas son revocadas.
“En el Perú, la justicia penal tiene dos velocidades, una para los pobres y otra para los ricos. Siempre se generar campaña en contra de las prisiones preventivas cuando se trata de personajes políticos”, sostuvo.
Lamas Puccio recordó que el Tribunal Constitucional está integrado por magistrados que fueron elegidos por congresistas.
“Evidentemente, en alguna medida, están influenciados por las personas que los eligieron y que están vinculados a un partido. Siempre vemos que se busca un tema interpretativo para liberar a los políticos”, manifestó.

Al igual que Morón, el penalista coincidió en que el Poder Judicial y el Ministerio Público comparten una responsabilidad por las órdenes de prisión preventiva que se anulan.
Finalmente, el abogado de Fernando Silva consideró que la responsabilidad recae directamente en el Poder Judicial, porque son los jueces -en primera y segunda instancia- quienes ordenan y ratifican las prisiones preventivas.
“El fiscal puede pedir todo lo que considere pertinente para garantizar la presencia del investigado, pero el Poder Judicial es el que toma la decisión”, precisó.
En diálogo con Correo, el penalista señaló que, en muchas ocasiones, los magistrados dictan órdenes de prisión preventiva por la presión.
“El problema es que los jueces no pueden ceder a presiones mediáticas o políticas de la Fiscalía, no pueden tomar decisiones que no sean jurídicas. Lo que se tiene que hacer es trabajar de una forma correcta y garantista. Los jueces no pueden dar prisiones preventivas sin que se cumplan los requisitos”,
